APP: ¿Qué prestaciones, costos o gastos comprenden cofinanciamiento?

APP: ¿Qué prestaciones, costos o gastos comprenden cofinanciamiento?

Las prestaciones pueden ser parciales, como en una obra de infraestructura de transporte público que recauda a través de peajes, o totales, en caso no haya forma de recaudarlos.

Por: Conexión Esan el 03 Abril 2018

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Las Asociaciones Público-Privadas (APP) "son una modalidad de inversión privada que incorporan la experiencia, conocimientos, equipos y tecnología. Su finalidad es desarrollar o mantener una infraestructura o servicios públicos". Así lo indica el Artículo N.° 3 del Decreto Legislativo N° 1012, de acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas. Para que la creación de estas asociaciones sea posible, es necesario un pago que utilice recursos públicos y cubrir las obligaciones que se establecen en los contratos. Es decir, se requiere la existencia de cofinanciamientos.

Eduardo Escobal, docente del curso Estructuración de Asociaciones Público-Privadas del PEE de ESAN, señala que el cofinanciamiento es "la contraprestación que hace el Estado". Su objetivo es "que una APP sea rentable para el sector privado y/o variable socialmente. Es decir, sin este aporte, el proyecto no podría generar ingresos suficientes para financiar rentablemente los montos de inversión, de operación y mantenimiento", señala. Otro factor a considerar es que pueda requerir pagos tan elevados de los usuarios que serían imposibles de establecer.

Según el experto, queda claro que el cofinanciamiento no está restringido a un componente o costo específico de la APP. Es más bien un recurso asignado a la asociación, el cual es nominado en función a su origen. Por ello, es vital saber qué prestaciones o pagos se pueden realizar dentro del cofinanciamiento, los cuales pueden ser:

  • Parciales. Se complementan ingresos recaudados directamente por el concesionario. Los permiten -por ejemplo- peajes o pasajes en una obra de infraestructura para el transporte público.
  • Totales. En caso el concesionario no tenga forma de recaudar ingresos, como es el caso de carreteras sin peaje, cárceles, entre otros tipos de obras o proyectos.

Por otro lado, desde el punto de vista de los componentes de inversores, el cofinanciamiento podría ser:

  • Un pago directo por obra. Esto se suma a las anualidades de pago para remunerar las inversiones (conocidas en el Perú como RPIs o PAOs).
  • Anualidades para cubrir la operación y mantenimiento (RPMO o PAMOs).
  • La combinación de las dos anteriores.

Todos estos tipos de financiamiento deben aplicarse según la clasificación de la APP. Una de ellas es la modalidad cofinanciada, la cual requiere una contratación de garantías financieras o no financieras. Estas deben tener una alta posibilidad de demandar el uso de recursos públicos. La segunda clasificación es la APP autosostenible, que demanda una mínima o inexistente garantía financiada por el Gobierno. Se consideran garantías mínimas aquellas que no sobrepasan el 5 % del costo total de inversión.

De allí la importancia de asignar el cofinanciamiento y otros aspectos económicos y legales al contrato inicial de la empresa. Conocer cómo funcionan estas inversiones generará beneficios tanto para el proyecto de la organización privada como para el Estado y los usuarios.

¿Te interesa averiguar más sobre este tema? Participa en el curso Estructuración de Asociaciones Público-Privadas del PEE de ESAN.

Fuentes:

Entrevista a Eduardo Escobal, docente del curso Estructuración de Asociaciones Público-Privadas del PEE de ESAN.

Ministerio de Economía y Finanzas. "¿Qué es una APP?".

ProInversión. Las Asociaciones Público Privadas en el Perú.

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