Sepa cuáles son los gastos no deducibles del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

Sepa cuáles son los gastos no deducibles del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

El Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) establece una larga lista de gastos que no son deducibles para la determinación de la renta imponible de tercera categoría.

Por: Conexión Esan el 09 Marzo 2016

Compartir en: FACEBOOK LINKEDIN TWITTER WHATSAPP

Los principales gastos no deducibles son:

  • Los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares.
  • El Impuesto a la Renta.
  • Las multas, recargos, intereses moratorios previstos en el Códig
  • Tributario y, en general, sanciones aplicadas por el sector público nacional.
  • Las donaciones y cualquier otro acto de liberalidad en dinero o en especie, salvo lo dispuesto en el inciso x) del Artículo 37º de la LIR.
  • Las inversiones en la adquisición de bienes o costos posteriores incorporados al activo de acuerdo con las normas contables.
  • Las asignaciones destinadas a la constitución de reservas o provisiones cuya deducción no admite esta ley.
  • La amortización de llaves, marcas, patentes, procedimientos de fabricación, juanillos y otros activos intangibles similares. Pero el precio pagado por activos intangibles de duración limitada, a opción del contribuyente, podrá ser considerado como gasto y aplicado a los resultados del negocio en un solo ejercicio o amortizarse proporcionalmente en el plazo de 10 años.
  • Las comisiones mercantiles originadas en el exterior por compra o venta de mercadería u otra clase de bienes, por la parte que exceda del porcentaje que usualmente se abone por dichas comisiones en el país donde éstas se originen.
  • La pérdida originada en la venta de valores adquiridos con beneficio tributario, hasta el límite de dicho beneficio.
  • Los gastos cuya documentación sustentatoria incumpla los requisitos y características mínimas establecidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago.
  • El IGV, el Impuesto de Promoción Municipal y el ISC que graven el retiro de bienes.
  • El monto de la depreciación correspondiente al mayor valor atribuido como consecuencia de revaluaciones voluntarias de los activos, sean con motivo de una reorganización de empresas o sociedades o fuera de estos actos, salvo lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 104° de la ley, modificado por el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.
  • Los gastos, incluyendo la pérdida de capital, provenientes de operaciones efectuadas con sujetos que califiquen en alguno de los siguientes supuestos:

1) Residentes de países o territorios de baja o nula imposición.

2) Establecimientos permanentes situados o establecidos en países o territorios de baja o nula imposición.

3) Sin quedar comprendidos en los numerales anteriores, obtengan rentas, ingresos o ganancias a través de un país o territorio de baja o nula imposición.

  • Las pérdidas que se originen en la venta de acciones o participaciones recibidas por reexpresión de capital como consecuencia del ajuste por inflación.
  • Los gastos y pérdidas provenientes de la celebración de Instrumentos Financieros Derivados que califiquen en alguno de los siguientes supuestos:

1)  Si el Instrumento Financiero Derivado ha sido celebrado con residentes o establecimientos permanentes situados en países o territorios de baja o nula imposición.

2)  Si el contribuyente mantiene posiciones simétricas a través de posiciones de compra y de venta en dos o más Instrumentos Financieros Derivados no se permitirá la deducción de pérdidas sino hasta que exista reconocimiento de ingresos.

  • Las pérdidas de capital originadas en la enajenación de valores mobiliarios cuando:

1) Al momento de la enajenación o con posterioridad a ella, en un plazo que no exceda los 30 días calendario, se produzca la adquisición de valores mobiliarios del mismo tipo que los enajenados u opciones de compra sobre los mismos.

2) Con anterioridad a la enajenación, en un plazo que no exceda los 30 días calendario, se produzca la adquisición de valores mobiliarios del mismo tipo que los enajenados, o de opciones de compra sobre los mismos.

¿Quieres saber más acerca de la determinación de la renta imponible de tercera categoría y sus implicancias en el planeamiento tributario de la empresa? Inscríbete en el Diploma Internacional de Tributación Empresarial de ESAN.

Fuentes:

Conexión Esan

Portal de negocios de ESAN Graduate School of Business. Desde el 2010 difunde contenido de libre acceso (artículos, infografías, podcast, videos y más) elaborado por los más destacados especialistas. Encuentra contenido en más de 15 áreas y sectores como Administración, B2B, Derecho Corporativo, Finanzas, Gestión de Proyectos, Gestión de Personas, Gestión Pública, Logística, Marketing, Minería, TI y más. ¡Conéctate con los expertos de ESAN y aumenta tu conocimiento en los negocios!

Otros artículos del autor

Teletrabajo se perfila como respuesta ante déficit energético y presión en combustibles

12 Marzo 2026

La interrupción en el suministro de gas natural vehicular (GNV) y el incremento del precio internacional del petróleo, asociados a la guerra en Medio Oriente, han reabierto el debate sobre el teletrabajo en Perú como medida para reducir la demanda de combustibles y mitigar el impacto energético. En este contexto, Edmundo Lizarzaburu, profesor de la carrera de Administración y Finanzas de ESAN University, explicó en RPP TV, que esta modalidad, ya contemplada en la legislación peruana, puede aplicarse temporalmente tanto en el sector público como en el privado, siempre que se garantice una adecuada conectividad y se respeten las condiciones laborales de los trabajadores.

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios

Obras por Impuestos: una herramienta clave para impulsar infraestructura en el país

12 Marzo 2026

El mecanismo de Obras por Impuestos se consolida como una herramienta clave para acelerar la ejecución de infraestructura en el Perú. Según explicó Manuel Paredes, director de la Maestría en Gestión Pública y Desarrollo Territorial de ESAN, en una entrevista a Sol TV, este modelo permite que empresas privadas financien y ejecuten obras con cargo a sus impuestos, reduciendo plazos frente a los procesos tradicionales de contratación pública. Para el especialista, la articulación entre el sector público y privado no solo agiliza la ejecución de proyectos, sino que también contribuye a cerrar brechas de infraestructura y atender demandas urgentes de la población en distintas regiones.

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios

Proyecto presentado por ESAN sobre turismo regenerativo obtiene financiamiento internacional de ECOS Nord

11 Marzo 2026

El estudio, presentado por ESAN y la Université Côte d’Azur, propondrá soluciones para equilibrar turismo y calidad de vida en Lima y Niza. El programa ECOS Nord impulsa la cooperación científica entre Perú y Francia mediante el financiamiento de proyectos de investigación conjunta.

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios