Los tributos y las normas a los que se someten las empresas están regulados por las leyes del Gobierno y el derecho público. Tanto las entidades privadas como las del Estado deben realizar sus procedimientos financieros, contables o administrativos contemplando los procedimientos tributarios asignados a sus operaciones.
Estos procedimientos son eventuales, puesto que dependen de las operaciones de una institución para ejecutarse. Además, pueden ser variables, ya que cambian su estructura de acuerdo al caso en el que se apliquen. De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, se consideran cuatro:
1. El procedimiento de fiscalización. La Administración Tributaria tiene la facultad para fiscalizar a las organizaciones con el objetivo de comprobar si cumplen o no con sus obligaciones. Todo ello está regulado por el Decreto Supremo 85-2007-EF y la entidad fiscalizadora encargada es la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Esta institución comprueba que una empresa cumpla con los requerimientos o, de lo contrario, podrían determinarse infracciones o multas.
2. El procedimiento de cobranza coactiva. Es el proceso que permite la cobranza de las deudas, en caso existieran, basándose en el Código Tributario y en las normas legales. Si una compañía no cumple con los requisitos dentro de su fiscalización, la Sunat enviará una notificación precobranza.
3. El procedimiento contencioso tributario. Comprende todas las diligencias y acciones tramitadas por las autoridades tributarias. Ocurre en caso exista un reclamo por parte de la organización y que deba ser llevado hasta un tribunal fiscal para una apelación.
4. El procedimiento no contencioso. Aparece cuando no existe una discusión sobre un acto administrativo y tampoco conflictos de intereses entre la administración y, por ejemplo, una empresa deudora. El proceso permite elaborar solicitudes de devoluciones, compensaciones, exoneración, entre otras.
En base a los cuatro puntos mencionados, una organización puede diseñar estrategias tributarias que conlleven un éxito en la fiscalización por parte de las entidades públicas. Dichas estrategias dependerán del tipo de compañía, de sus objetivos y del giro de negocio.
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Fuentes:
Sunat. Libro tercero. Procedimientos tributarios.
Ministerio de Economía y Finanzas. "Procedimientos Tributarios: Aspectos generales".
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Otto Regalado, docente del MBA y jefe del área académica de Marketing de ESAN, advirtió en Infobae que la inclusión de Machu Picchu en una lista internacional de destinos que “ya no vale la pena visitar” refleja fallas en su gestión turística. Señaló problemas como la informalidad en la venta de boletos, el exceso de aforo y la falta de seguridad y planificación. En lugar de negar las críticas, propuso replantear la administración del santuario, para convertirlo en un modelo de turismo sostenible y regenerativo.
Enrique Louffat, profesor principal en los Programas en Administración del MBA, Maestrías Especializadas y de Educación Ejecutiva de ESAN, explicó en Gestión que la convivencia entre distintas generaciones en el trabajo representa uno de los mayores desafíos para las organizaciones. Señaló que las diferencias en estilos, valores y formas de comunicación deben ser gestionadas con estrategias como mentorías cruzadas, esquemas laborales flexibles y programas de formación adaptados.
Raúl Odría, docente de ESAN Business Law, explicó en Canal N que la Sunat comenzará a fiscalizar los pagos realizados mediante Yape y Plin como parte de su estrategia para reducir la informalidad. En esta línea, recomendó a los microempresarios organizar sus finanzas, emitir comprobantes y trabajar de la mano con sus contadores, ya que Sunat ya puede rastrear estos movimientos a través del sistema bancario. Asimismo, precisó que no está justificado cobrar un monto adicional por aceptar pagos con billeteras digitales.