La potestad sancionadora y el derecho administrativo sancionador

La potestad sancionadora y el derecho administrativo sancionador

Para proteger el interés general, las instituciones públicas cuentan con una serie de potestades de índole sancionadora. Su fin es castigar a quienes incumplen o violan las normas relacionadas con el ámbito de la entidad involucrada.

Por: Conexión Esan el 21 Septiembre 2017

Compartir en: FACEBOOK LINKEDIN TWITTER WHATSAPP

"Puede imponerse una multa a una persona por estacionar su automóvil en un lugar prohibido, o a una empresa por declarar menos impuestos de los que se debería pagar. Para ambos casos, es necesario comprender que no existe un fin económico en la aplicación de las sanciones. El objetivo, en realidad, es evitar que estas faltas se repitan".

José Antonio Tirado, profesor del curso Procedimiento administrativo sancionador del PEE en Derecho Corporativo de ESAN, explica que en eso consiste la potestad sancionadora de las entidades públicas. Esta puede repercutir tanto en personas naturales como jurídicas, luego de un procedimiento previamente establecido.

De esta manera, las sanciones se entienden como la aplicación de un elemento aflictivo (pena) a un administrado. Según indica el docente, su imposición debe ser consecuencia de una conducta prohibida, y tener una finalidad represora o preventiva.

Se puede castigar con la privación de un bien o un derecho, con la imposición de un deber o con la aplicación de una multa. No se incluye la pena privativa de libertad, pues esta no le corresponde a entidades públicas fuera del Poder Judicial.

Una nota distintiva

La mencionada facultad de sancionar de las entidades públicas tiene un fin principal: la protección del interés general. Sin embargo, el profesor Tirado enfatiza que ésta debe ser alcanzada a través del derecho administrativo sancionador y sus instituciones, y no de otra forma.

"Se debe tener en primordial consideración el ordenamiento jurídico, que dota de prerrogativas sancionadoras exclusivas a las entidades públicas. Esto significa que solo un representante autorizado de la propia institución involucrada puede imponer multas a quien incumpla una norma. Esta potestad debe ser definida por el legislador en el marco de la norma constitucional", concluye el abogado.

 

¿Deseas saber más acerca de los fundamentos de la potestad sancionadora y el derecho administrativo sancionador? Inscríbete en el curso Procedimiento administrativo sancionador del PEE en Derecho Corporativo de ESAN.

Conexión Esan

Portal de negocios de ESAN Graduate School of Business. Desde el 2010 difunde contenido de libre acceso (artículos, infografías, podcast, videos y más) elaborado por los más destacados especialistas. Encuentra contenido en más de 15 áreas y sectores como Administración, B2B, Derecho Corporativo, Finanzas, Gestión de Proyectos, Gestión de Personas, Gestión Pública, Logística, Marketing, Minería, TI y más. ¡Conéctate con los expertos de ESAN y aumenta tu conocimiento en los negocios!

Otros artículos del autor

¿Cómo afrontar el final de la sobreoferta eléctrica en el Perú?

05 Junio 2025

Las dificultades para mantener la oferta de energía eléctrica al mismo nivel que la demanda puede tener un grave impacto en todos los actores del mercado. Es crucial analizar por qué se produce esta situación y qué medidas deberían tomarse al respecto.

  • Apuntes empresariales
  • Energía

Estados Unidos y su política comercial: retos y riesgos para la economía mundial

04 Junio 2025

Carlos Aguirre, profesor de los Programas del área de Finanzas de ESAN, alertó en su más reciente columna en Gestión, que la economía de EE.UU. muestra señales de riesgo por su alto déficit fiscal (6.4% del PBI) y deuda récord (121.9% del PBI). Estos desequilibrios, similares a los que provocaron crisis en países emergentes, exigirían correcciones inmediatas para evitar un colapso económico.

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios

¿La seguridad del Jorge Chávez está garantizada?

04 Junio 2025

Otto Regalado, docente del MBA y jefe del área académica de Marketing de ESAN, cuestionó en Gestión si el nuevo aeropuerto Jorge Chávez cuenta con protocolos de seguridad para emergencias, señalando que su enfoque en confort y estética contrasta con la falta de señalización clara de rutas de evacuación y planes de contingencia. Advirtió que, sin un mando unificado ante crisis ni simulacros periódicos, este proyecto emblemático podría poner en riesgo a los usuarios.

  • Sala de prensa
  • ESAN en los medios