Los países como Argentina, Chile y México han realizado propuestas legislativas que buscan estandarizar las tallas de las prendas de vestir según las medidas corporales promedio de su población. Si bien el Perú tiene tres normas técnicas al respecto, ¿serán suficientes para asegurar estos estándares?
Usted querido lector, ¿qué talla es? ¿S, M, L o XL? Más de una vez hemos ido a una tienda a comprar prendas de vestir, pero no siempre las encontramos de nuestra talla. Si bien ello no cuenta como discriminación, es necesario preguntarse: ¿Existe hoy tan poca diversidad de tallas que ello puede generar problemas de salud mental y que muchas personas realicen dietas extremas para poder encajar en esta sociedad al darle mayor importancia a su imagen corporal?
Es necesario mencionar que, de un tiempo a esta fecha, la sociedad se ha volcado hacia un mundo cada vez más consumista, donde la belleza tiene un rol protagónico y, cómo no, la cultura de la delgadez también. Sin embargo, en el fondo, no es más que un problema social. Después de todo, ¿no todos nacemos con talla cero?
Argentina, por ejemplo, publicó la Ley de Talles con su respectivo reglamento. Si bien ya entró en vigencia, está supeditada a que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) elabore un estudio antropométrico a la población argentina para obtener, de manera objetiva, las verdaderas medidas corporales. Sin embargo, a la fecha, este proceso aún está pendiente de ejecutarse.
Por su parte, Chile también ha presentado un proyecto de Ley de Talles que busca estandarizar las tallas de ropa para defender los derechos del consumidor al elegir su producto. Así, se evitará la discriminación por razones de peso o talla, mediante la inclusión de una tabla de medidas corporales en las etiquetas de las prendas, lo que permitirá al consumidor acceder a una información veraz y así proteger su salud.
México también tiene una iniciativa legislativa que busca eliminar la fabricación, importación y comercialización de prendas de talla cero, ya que puede ser considerada como un estándar de belleza irreal e inalcanzable para muchas personas. Incluso, ello promociona una imagen corporal poco saludable que fomenta trastornos alimenticios como la bulimia y la anorexia.
En ese sentido, vale la pena recordar que, hace un par de años, Francia promulgó la primera Ley Contra la Anorexia. Esta prohíbe contratar a modelos con un índice de masa corporal (IMC) inferior a 18. Además, obliga a las modelos a entregar un certificado expedido por médicos habilitados para tal efecto, que tendrá una validez de dos años y debe acreditar que el estado de salud global de la persona sea evaluado mediante su IMC. Los empleadores, ya sean revistas de moda o agencias, que no respeten esta ley pueden ser condenados a penas de hasta seis meses de prisión y multas de EUR 75 000.
En el Perú, no existe una Ley de Talles, sino solo tres normas técnicas emitidas por el Instituto Nacional de Calidad (Inacal) del Ministerio de la Producción. Me refiero a la NTP-ISO 8559-1:2019, sobre Designación de Tallas de Prendas de Vestir. Parte 1: Definiciones antropométricas para la medición del cuerpo. Luego, tenemos la NTP-ISO 8559-2:2020, sobre la Designación de Tallas de Prendas de Vestir. Parte 2: Indicadores de dimensión primaria y secundaria. Por último, está la NTP -ISO 8559-3:2020, sobre Designación de Tallas de Prendas de Vestir. Parte 3: Metodología para la creación de tablas e intervalos de medidas corporales.
Estas normas establecen medidas antropométricas, así como un sistema de estandarización y designación de tallas que los fabricantes y comerciantes textiles pueden usar para tener claras las dimensiones corporales de las personas que usarán sus prendas de vestir. Estas normas técnicas están más dirigidas al fabricante o al empresario para que estandarice sus tallas y pueda comercializarlas, ya sea físicamente o también vía e-commerce. Esta última modalidad registró una aceleración importante durante la pandemia.
Dado que existe libertad para identificar las tallas, algunos negocios de moda se aprovechan de esa situación y deciden captar nuevos clientes mediante una práctica de marketing conocida como vanity sizing o manipulación de tallas. Su nombre se deriva de la palabra en inglés vanity, que en español significa vanidad. Los fabricantes de ropa buscan cambiar los números de tallas para hacerle creer que usa una talla más pequeña que la real.
Por ejemplo, un pantalón que antes se etiquetaba con talla 10 ahora se etiqueta con talla 8 o 6 para hacer sentir mejor al consumidor, al hacerle creer que ha perdido peso. En el fondo, lo que genera es una confusión, porque dicha talla no es real. Así, se crea una imagen distorsionada de la realidad y, cuando el consumidor quiera comprar otra prenda de vestir con la talla que le corresponde, se sentirá frustrado, lo que puede provocarle problemas de salud mental o de autoestima.
Luego de leer este artículo, algunos pensaran que es necesario publicar una Ley de Talles en el Perú y puede que otros prefieran que algunas marcas sigan presentando tallas que no consignen sus verdaderas medidas físicas. Lo que sí es un hecho, y en esto no hay lugar a discusión, es que nadie tiene porque ser discriminado por su cuerpo, su peso ni su talla. La industria textil, de moda y fashion retail debe considerar ser más inclusiva pues, de un tiempo a la fecha, el consumidor premiará a las marcas que tengan una mayor diversidad de tallas frente al resto.
Y a usted, ¿le gustaría que exista una Ley de Talles en el Perú? Déjennos saber su opinión.
El Perú ya cuenta con tres normas técnicas que permiten a los fabricantes y comerciantes textiles conocer las dimensiones corporales de las personas que usarán sus prendas de vestir.
Abogada por la Universidad de Lima con Magnum Cum Laude. Magíster en Finanzas y Derecho Corporativo por la Universidad de ESAN. Cuenta con una especialización en Derecho de la Moda por el Fashion Law Institute at Fordham Law University, New York. Graduada del Programa de Gestión de Lujo Sostenible emitido por el Centro de Gestión de Lujo Sostenible de Argentina juntamente con el Pacto de las Naciones Unidas de Colombia y Argentina; y del Diplomado en Luxury Management por el Instituto Europeo del Lujo y la Universidad Anáhuac del Norte de México. Ha realizado un curso de especialización en Blockchain, Smart Contracts, Tokenización y Criptoactivos por el Instituto de Blockchain Intelligence de España y el Consejo General de la Abogacía Española.
En la actualidad es Socia Senior del área corporativa & digital investments y jefe del área de derecho de la moda, luxury y retail de Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados. Además es profesora de los cursos de Derecho de la Moda y Retail en ESAN Graduate School of Business y otras universidades.
A la fecha, es Presidenta de la comisión de derecho de la moda y retail del Colegio de Abogados de Lima, miembro del comité de Fashion Law de ASIPI, de la Asociación de Expertos de Derecho de la Moda de España, de la Asociación de Fashion Law Latam de Perú y del Comité Fashion Law de Sao Paulo de Brasil. También es directora representando al Perú de la Asociación Internacional Global Alliance of Impact Lawyers (GAIL América Latina).
El derecho de la moda ofrece asesoría legal especializada para el sector de moda, textil, lujo y retail, incluyendo la moda sostenible y étnica que valora las fibras peruanas. En este artículo, exploramos la regulación de la fibra de alpaca en Perú, destacando leyes y asociaciones que promueven su producción y calidad. Descubre cómo esta fibra, símbolo de historia y sostenibilidad, se ha convertido en un orgullo nacional y una oportunidad para diseñadores locales e internacionales.
Las próximas Olimpiadas y Paraolimpiadas constituirán una nueva oportunidad para que se establezcan nuevos convenios entre las marcas deportivas de lujo y los deportistas más destacados del mundo.
El derecho de la moda y el retail ha registrado una evolución importante en el Perú. Sin embargo, su función podría potenciarse si se impulsara el crecimiento sostenible de ambos sectores en el país.