
La denominada "Ley de Obras por Impuestos" (Ley N° 29230) fue creada para impulsar la ejecución de proyectos de obras públicas, contando con la participación del sector privado y de los gobiernos regionales y locales. Esta medida legal permite a las empresas pagar el impuesto a la renta del año siguiente hasta por un 50 %, siempre que se encarguen de financiar la ejecución de una obra pública.
Por su parte, los gobiernos locales, regionales y universidades se encargan de cubrir el financiamiento un año después de concluirse la obra. Esto incluye un cargo al 30 % de las transferencias de sus recursos del canon, sobre-canon, regalías, rentas de aduana y participaciones.
Ésta presenta beneficios tanto para las entidades públicas como para las empresas privadas. El Estado puede acelerar la ejecución de obras prioritarias para la población, liberando recursos para otros proyectos. Por su parte, las empresas cuentan con la posibilidad de contribuir al bienestar de la sociedad, mejorar su relación con las comunidades locales y proyectar una imagen de responsabilidad y compromiso con el desarrollo del país.
Proyectos de diversa índole pueden ser financiados mediante la Ley de Obras por Impuestos. El único requisito será que las empresas estén alineadas a las políticas y planes de desarrollo nacional, regional o local, y posean la declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
El proceso para las entidades privadas consta de 7 pasos:
1) Identificar un proyecto. Las empresas deben apuntar a un sector específico y escoger una obra específica dentro de los proyectos priorizados por las entidades públicas.
2) Presentarse al proceso de selección.
3) En caso de ganar, la empresa debe suscribir un convenio de inversión con la entidad pública que corresponde.
4) El ejecutor de la obra debe realizar o modificar el Expediente Técnico.
5) Tras la aprobación del expediente, la empresa puede ejecutar el proyecto.
6) Luego de la entrega de la obra, y con la conformidad de la calidad de la misma, la entidad pública procede a emitir los Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL).
7) Se aplica el CIPRL al pago de Impuesto a la Renta.
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Fuentes:
Gestión: "¿En qué consiste el mecanismo de Obras por Impuestos?" (2016)
Gestión: "¿Cómo invertir en Obras por Impuestos?" (2017)
Pro Inversión: "Preguntas frecuentes"
Pro Inversión: "LEY Nº 29230 Ley de Obras por Impuestos"
Pro Inversión: "Obras por Impuestos paso a paso..."
Andina: "Inversión comprometida en Obras por Impuestos creció 115% en primer semestre 2017"
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