
Las actividades de alto riesgo susceptibles de la aplicación del SCTR están señaladas en el listado contenido en el Anexo 5 del D.S.009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. El costo de este seguro es obligatoriamente asumido, de manera integral, por la empresa u organización de trabajo.
El SCTR comprende dos tipos de seguros: uno de salud, que puede ser contratado con EsSalud o una Entidad Prestadora de Salud (EPS); y otro de pensiones, que puede contratarse con la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o con las compañías de seguros privadas con el fin de cubrir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Las instituciones involucradas en el empleo de este seguro son: la empresa u organización empleadora, EsSalud, LA ONP, la Entidad Prestadora de Salud (EPS), la compañía de seguros, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) y la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS).
De esta manera, el trabajador sabrá adónde acudir para obtener los beneficios que le corresponden después de tener un accidente o una enfermedad de origen ocupacional.
El gráfico describe lo siguiente: en la Ley de Modernización de la Seguridad Social se crea el SCTR, específicamente en su artículo 19. Luego se publican sus dos decretos supremos, de Reglamentación y de Normas Técnicas, que lo amplían y tipifican. Se enumeran además otras normas del Ministerio de Trabajo, así como la promulgación de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley 29783.
FUENTE CONSULTADA:
Boletín EsSalud Año IV - Abril N° 4, 2016 publicado por EsSalud.
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