¿Cómo nacen los centros comerciales en el Perú?
Tenemos como primer antecedente del retail en el Perú a las Galerías Boza, ubicadas en el Jr. de La Unión, en donde se instaló la primera escalera mecánica de Lima. Posteriormente, en los años sesenta aparecieron los centros comerciales San Isidro y Risso (llamado "Todos") y luego se inauguraron los establecimientos de Higuereta, Plaza San Miguel, Arenales, Camino Real, Plaza Camacho, Molicentro, Caminos del Inca y El Polo.
Paralelamente, surgió el Emporium Gamarra en La Victoria pero no fue hasta 1997 cuando se revolucionó el concepto del negocio con la inauguración del Centro Comercial Jockey Plaza, el cual supuso un cambio en el modelo, surgiendo el esquema de arrendamiento en vez del esquema de ventas de locales. Así, se pasó de un modelo en el que los propietarios tenían el control (podían abrir y cerrar las tiendas, o dejar de pagar el mantenimiento, los servicios públicos, los impuestos, etc.) a una figura de administración controlada que lograba desalojar o reemplazar a un arrendatario si este no cumplía con sus obligaciones.
Tras el éxito del Jockey Plaza, hicieron su aparición Larcomar en Miraflores y el Centro Comercial Mega Plaza en Lima Norte, en 1998 y 2002 respectivamente. Con éste último establecimiento se consolidó la primera gran etapa del sector, dado que se apostó por invertir en una zona emergente.
La segunda etapa, la que vivimos actualmente, arrancó con la inversión en provincias y la inauguración del centro comercial Real Plaza en Huancayo en el 2008; lo demás es historia.
¿Qué es Retail? ¿Qué es un Centro Comercial?
La palabra retail o venta al detal (venta al detalle) se refiere a la venta de productos y/o servicios al público en locales comerciales. Se asocia al marketing dado que se planifican actividades para generar consumo y, por lo tanto, la satisfacción de sus consumidores, actuando como un nexo entre el distribuidor y los clientes finales.
El Consejo Internacional de Centros Comerciales (ICSCpor las siglas en inglés de International Council of Shopping Centers) establece que un centro comercial es un grupo de establecimientos comerciales minoristas que se planifican, desarrollan y que cuentan con una sola administración. Cabe precisar que los centros comerciales tienen varios formatos, dependiendo de su tamaño y orientación, entre los que se encuentran, de acuerdo a la clasificación americana: suprarregional, regional, comunitario, vecinal y strip center. Asimismo, también pueden segmentarse por su especialización: power center, lifestyle, fashion mall y outlet.
Cabe indicar que existen varios factores que contribuyen al éxito de los centros comerciales tales como la ubicación, vías de acceso, el rol de las tiendas ancla1, mix de tiendas/marcas (tenant mix), administración centralizada, diseño exterior e interior, infraestructura, etc. No obstante, la asesoría legal ha cobrado un rol fundamental para el desarrollo del sector debido a que hay diversas ramas del derecho que se hacen presentes al momento de constituir y/o desarrollar un centro comercial:
¿Se debería promulgar una Ley de Derecho de la Moda y Retail en el Perú?
1Tiendas ancla es un establecimiento capaz de atraer a los clientes hacia un centro comercial; suelen ser construidas en un extremo de la edificación, separadas o alejadas de otras tiendas departamentales, lo que permite al cliente recorrer el máximo del espacio del centro comercial.
2El artículo 2º del Título Preliminar de la Ley sobre Derechos de Autor, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 822 y normas modificatorias, en su numeral 42) define a las Sociedades de Gestión Colectivas, como "Asociaciones Civiles sin Fin de Lucro" legalmente constituidas para dedicarse en nombre propio o ajeno a la gestión de derechos de autor o conexos de carácter patrimonial, por cuenta y en interés de varios autores o titulares de esos derechos, y que hayan obtenido de la Oficina de Derechos de Autor del INDECOPI- la autorización de funcionamiento que se regula en esta ley. La condición de sociedades de gestión se adquirirá en virtud a dicha autorización.
Abogada por la Universidad de Lima con Magnum Cum Laude. Magíster en Finanzas y Derecho Corporativo por la Universidad de ESAN. Cuenta con una especialización en Derecho de la Moda por el Fashion Law Institute at Fordham Law University, New York. Graduada del Programa de Gestión de Lujo Sostenible emitido por el Centro de Gestión de Lujo Sostenible de Argentina juntamente con el Pacto de las Naciones Unidas de Colombia y Argentina; y del Diplomado en Luxury Management por el Instituto Europeo del Lujo y la Universidad Anáhuac del Norte de México. Ha realizado un curso de especialización en Blockchain, Smart Contracts, Tokenización y Criptoactivos por el Instituto de Blockchain Intelligence de España y el Consejo General de la Abogacía Española.
En la actualidad es Socia Senior del área corporativa & digital investments y jefe del área de derecho de la moda, luxury y retail de Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados. Además es profesora de los cursos de Derecho de la Moda y Retail en ESAN Graduate School of Business y otras universidades.
A la fecha, es Presidenta de la comisión de derecho de la moda y retail del Colegio de Abogados de Lima, miembro del comité de Fashion Law de ASIPI, de la Asociación de Expertos de Derecho de la Moda de España, de la Asociación de Fashion Law Latam de Perú y del Comité Fashion Law de Sao Paulo de Brasil. También es directora representando al Perú de la Asociación Internacional Global Alliance of Impact Lawyers (GAIL América Latina).
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