Contratación temporal: límites y consecuencias de su incumplimiento

Contratación temporal: límites y consecuencias de su incumplimiento

Entre las diversas modalidades de contratación existentes, los empleadores prefieren contratar temporalmente a sus colaboradores aunque su trabajo sea permanente. Esta es una infracción grave que puede traer serias consecuencias.

Por: Conexión Esan el 06 Agosto 2018

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En el Perú existen tres tipos de contratos laborales: indefinido, a tiempo parcial y a plazo fijo; este último subdividido en temporal, ocasional y accidental. Sin embargo, el contrato temporal es uno de los más usados en el país actualmente. Un estudio del Grupo de Análisis para el Desarrollo (Grade) indica que esto se debe a que el Tribunal Constitucional (TC), en el 2001, invalidó el artículo 34 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728. Esta norma señalaba que la indemnización era la única reparación frente al "daño sufrido" en caso de despido.

Desde entonces, frente a un cese arbitrario, un trabajador puede solicitar su reposición laboral y no solo indemnización. Es por ello que las empresas optan por contratar temporalmente a sus colaboradores, con el fin de evitar esta situación. Sin embargo, a causa de las diferencias en los beneficios que tiene el trabajo temporal, los empleados ahora reciben un salario hasta 25 % menor. Por lo tanto, el empleador debe estar al tanto de que este tipo de contrato tiene límites y, si se cae en un incumplimiento del mismo, existen consecuencias.

"La contratación temporal está regulada de manera expresa, construida sobre la base del principio de la causalidad", señala Carlos Cornejo, docente del curso Mecanismos de Contratación Laboral del PEE de ESAN. Es decir, solo puede ser efectuada cuando la actividad que se va a cubrir o atender es también provisional. Si el servicio no es temporal, entonces el contrato no puede nacer bajo esta modalidad.

Pero, ¿cuál es el problema en el Perú? "Este principio no se cumple, ya que la gran parte de compañías promueve convenios temporales para actividades que son permanentes", explica el experto. La primera causa de esto es el fallo del TC en el 2001, que hace que los empleadores peruanos se sientan más cómodos con contratos temporales, ya que sienten que es muy complicado despedir a un trabajador. El segundo motivo es que los inspectores del Estado no son suficientes para fiscalizar (solo aproximadamente 450 a nivel nacional) a las empresas y corregir esta situación.

Por otro lado, Cornejo menciona tres consecuencias de incumplir el contrato temporal:

  • El Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo revela que, en el Perú, aproximadamente el 70 % de trabajadores son temporales bajo un contrato ilegal y fraudulento, ya que sus labores no son provisionales. Por ende, si una compañía cesa de sus labores a un colaborador por cumplimiento de fecha del contrato, es un acto ilícito y solo disfraza un verdadero despido arbitrario. En este caso realmente corresponde una reposición al trabajo.
  • Desde el 2006, hacer un contrato temporal es una infracción grave si se tratan de labores permanentes. Si el Estado lo verifica, podría aplicar una multa máxima de hasta 45 UIT.
  • Si un trabajador cree que su contrato debe pasar a ser indefinido, puede acudir al Poder Judicial para cuestionar y regularizar su situación o bien a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). La empresa está en la obligación de realizar un contrato verídico y real con todas las condiciones de modalidad temporal que esto implica. De lo contrario, el empleado puede acudir a estas instancias jurídicas mientras mantenga un vínculo laboral con su empleador.

Las compañías necesitan regularizar sus contratos a fin de evitar que la situación laboral con sus trabajadores se vuelva inestable y, en el peor de los casos, ilegal. De lo contrario, pueden concurrir en fallas legales graves que, de ser denunciadas, resulten en elevadas reparaciones económicas que podrían afectar seriamente el futuro de la organización.

Si quieres saber más sobre este tema, participa en el curso Mecanismos de Contratación Laboral del PEE de ESAN.

También puedes leer:

Fuentes:

Entrevista a Carlos Cornejo, docente del PEE de Mecanismos de Contratación Laboral en ESAN.

El Comercio. "¿Por qué hay una "epidemia" de contratos temporales en el Perú?".

La República. "¿Conoces cuántos tipos de contrato laboral hay en el Perú?".

Conexión Esan

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