Cómo evitar los abusos en los convenios internacionales

Cómo evitar los abusos en los convenios internacionales

Si una transacción económica es antinatural, forzada, o carece de aplicación de negocios, puede recaer en un abuso a los principios de un convenio internacional.

Por: Conexión Esan el 01 Agosto 2018

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Existen diversos convenios internacionales que nuestro país ha pactado a lo largo del tiempo, desde acuerdos comerciales, políticos, sustentables, entre otros. Por ejemplo, el TLC entre Perú y Canadá, el TLC con la Unión Europea o el Acuerdo entre Perú y Brasil para la conservación de la flora y de la fauna de la Amazonía. Sin embargo, algunas entidades o instituciones pueden cometer faltas que originan distintos abusos en la realización de los convenios.

¿Qué medidas existen para evitarlos?

Walker Villanueva, docente del Diploma de Tributación Internacional y Precios de Transferencia en ESAN, explica dos formas principales a considerar. La primera es aquella tomada por la OCDE, que está orientada a los convenios para evitar la doble tributación. Se trata de una cláusula denominada propósito principal de la transacción (PPT, por sus siglas en inglés). Esta exige que una transacción económica realizada por una empresa o persona debe tener no solo un propósito tributario, sino uno de negocios.

Es decir, "cualquier contrato o cualquier estructura que realice una compañía debe poseer una explicación y razón de un sistema de negocios. Si solo tiene aplicación tributaria, entonces no se puede aplicar los beneficios del convenio", señala el experto. A través de esta cláusula, es más complicado abusar de los tratados. Es una medida que exige, además, que los acuerdos esclarezcan sus transacciones en todo detalle.

Dicha exigencia se va implantar a nivel mundial a través del Convenio Multilateral. Este es un acuerdo que van a celebrar todos los países que cuentan con convenios para evitar la doble tributación. Además, modificará los acuerdos suscritos con anterioridad que no cuenten con la cláusula.

Villanueva resalta que la segunda medida es de legislación interna. "La cláusula de la ley interna antielusiva, del Código Tributario en el caso de Perú, se aplicará a nivel de los convenios. Por ejemplo, si en base a esta cláusula las autoridades pueden indicar que una transacción no tiene justificación económica, es antinatural y es forzada. Por lo tanto, no tiene derecho a gozar de los beneficios del acuerdo en el que está basado", sostiene el especialista.

Los convenios internacionales en el marco de la ley ayudan a las empresas a fomentar relaciones positivas en otros mercados, además de expandir sus fronteras comerciales. Evitar los abusos y problemas con las normas en distintos países garantizará las correctas operaciones de una organización.

Si quieres saber más sobre este tema, participa del Diploma de Tributación Internacional y Precios de Transferencia en ESAN.

También puedes leer:

Fuentes:

Entrevista a Walker Villanueva, docente del Diploma en Tributación Internacional y Precios de Transferencia de ESAN.

Movimiento por la Paz. "Acuerdos Comerciales Internacionales del Perú".

OECD. "La firma del pionero Convenio Multilateral contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios colmará las lagunas normativas y el vacío legal de los que adolecen miles de convenios fiscales a escala mundial".

IUS 360. "Lucha contra la Elusión Fiscal y Plan BEPS de la OCDE".

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