El Comité de Basilea, institución que pertenece al Banco Internacional de Pagos, creó el Nuevo Acuerdo Capital, conocido como Basilea II, en beneficio de la adecuada gestión de riesgos para el sistema financiero. Se trata de un marco regulatorio que se basa en principios y estándares de supervisión bancaria. Fue creado por un acuerdo de los representantes de los Bancos Centrales de los países más industrializados del mundo y ha sido acogido por casi todos los demás, entre ellos Perú.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) resalta el uso del marco de Basilea II debido a sus ventajas en materia de seguridad y en beneficio de la regulación bancaria. La implementación de sus principios comenzó en el 2007 y, a partir del 2009, entró en vigencia como método estándar para la gestión de riesgos de crédito y de mercado o como alternativo para riesgos operacionales.
En el 2009, el Comité de Basilea (debido a la crisis financiera internacional) decidió los cambios que debían hacerse a las regulaciones, por lo que creó el marco de Basilea III. Sin embargo, la SBS aún se encuentra evaluando la implementación total de estos cambios en la realidad nacional, que no es del todo similar a la realidad internacional en ciertos aspectos.
Es así que en el Perú aún se siguen realizando las operaciones bancarias bajo los principios del marco Basilea II. Estos son los conceptos y las aplicaciones de cada uno de ellos:
Pilar 1. El patrimonio efectivo de las organizaciones debe igualar o ser mayor al 10 % de contingentes y activos relacionados a los riesgos de tres factores. El primero es el requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de mercado y el resultado multiplicado por diez. El segundo es el requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo operacional, multiplicado por diez. Por último, se tienen los activos y contingentes ponderados por riesgo de crédito.
Pilar 2. El objetivo es garantizar que todas las instituciones financieras posean procesos internos de confianza, con la meta de analizar la suficiencia de su capital. En conjunto con este pilar, la SBS publicó el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional.
Pilar 3. Resalta los requisitos para una gestión transparente en el mercado. Reúne así los principios creados para la utilización de herramientas de mercado con objetivos prudenciales. Es un complemento para los requerimientos del Pilar 1 y los procesos del Pilar 2.
Por otro lado, la gestión de deudas, el control de instrumentos representativos de capital y patrimonio y los manuales de contabilidad y tributación en las empresas también son regulados por estos pilares. Las organizaciones que requieran operaciones óptimas, legales y acordes con normas internacionales deberán seguir los principios del marco y todo lo que ellos contemplan.
Fuentes:
Cinco Días. "El BBVA destaca la importancia de Basilea II".
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. "Basilea II y Basilea III".
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. "Aplicación del Pilar 1 en el Perú".
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. "Aplicación del Pilar 2 en el Perú".
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. "Aplicación del Pilar 3 en el Perú".
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