
La legislación peruana define a la Asociación Pública Privada (APP) como un tipo de concesión, la cual puede ser autosostenible o cofinanciada. En este esquema de asociación entre el Estado y el sector privado, este último presta servicios públicos o ejecuta y explota determinadas obras de infraestructura pública, en un plazo determinado.
En la implementación de un nuevo proyecto, y en el caso de las APP, la empresa privada se encarga de diseñar, construir, financiar y operar la infraestructura. Asimismo, ofrece al sector público servicios relacionados a la misma, respetando los criterios de calidad.
Existen tres factores básicos relacionados con la planeación e implementación de proyectos que deben considerar las APP:
De acuerdo con la Ley de APP, el esquema de provisión del servicio contempla diferentes tipos de estructuración de APP, entre los que se pueden mencionar los siguientes:
BOT (build, operate and transfer). Esta modalidad de contrato establece que la sociedad vehículo del proyecto (SVP) deberá construir, operar y, luego, transferir al Estado los activos o todos los componentes del proyecto. Es decir, la empresa privada se encarga de ejecutar la obra bajo su riesgo, y, al final, cobra por el uso directo de la misma.
En el contrato tipo BOT, luego de que se cumple el plazo para amortizar la inversión, el activo pasa inmediatamente al sector público. Un ejemplo de este tipo de concesión es el sector energético, donde una vez que se concluye el proyecto, este es transferido al Estado para su operación. Es el sector público, quien, al tener la propiedad del activo, cancelará el costo y los intereses de la deuda con los ingresos generados por la infraestructura.
BOO (build, own, operate). Este tipo de acuerdo dispone que el proveedor privado debe construir y operar los activos de la prestación del servicio. En este particular, el Estado solo regulará y supervisará la prestación del servicio público, ya que la propiedad del activo siempre es del inversionista proveedor.
El BOO es muy común en concesiones de transporte y en servicios de productores independientes. Este sistema permite que la entidad privada que ejecuta el proyecto cobre directamente la prestación del servicio.
BOOT (build, own, operate and transfer). En las Asociaciones Público Privadas que se establecen bajo la figura contractual de BOOT, los activos son construidos y operados por la empresa privada. En este sentido, la propiedad de estos es del consorcio privado hasta que culmina el plazo del contrato, momento en el cual deben transferirse al Estado. Sin embargo, el proveedor privado tiene el derecho a cobrar por el uso directo de los activos.
Los modelos de APP antes vistos se valen de la iniciativa, capacidad económica y experiencia del sector privado para introducir mejoras en los servicios y proyectos desarrollados. Trabajando para desarrollar altos estándares de calidad y disponibilidad para cada uno de los proyectos, las APP contribuyen con el desarrollo y crecimiento económico y social del país.
Fuentes:
Ministerio de Salud del Perú. Modelos de Asociación Público Privado. McBains Cooper.
Agencia de Promoción de la Inversión Privada. "¿Qué es una APP?".
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