Respecto al actual cobro de intereses moratorios por demoras administrativas, el Tribunal Constitucional sentenció que estos solamente deben involucrar los periodos legalmente establecidos por las entidades tributarias y judiciales encargadas. En relación a ello, Raul Odría, profesor de ESAN Business Law, explicó en ATV+ sobre en qué consiste dicha sentencia, así como los beneficios que significaría para los contribuyentes.
Fuente: ATV+