Convocatoria 2026-1: Elección de representantes de alumnos de posgrado ante el Consejo Universitario y el Consejo de la Escuela de Administración de Negocios para Graduados

Convocatoria 2026-1: Elección de representantes de alumnos de posgrado ante el Consejo Universitario y el Consejo de la Escuela de Administración de Negocios para Graduados

Participa en la Convocatoria 2026-1 y elige a los representantes de alumnos de posgrado ante el Consejo Universitario y el Consejo de la Escuela de Administración de Negocios para Graduados. ¡Tu voto es clave!  

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De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto y reglamentos de la Universidad ESAN, se convoca a los alumnos de posgrado y pregrado, y graduados de pregrado a elegir a sus representantes ante los órganos de gobierno de la universidad

Alumnos Posgrado:

  • Un representante de los alumnos posgrado ante el Consejo Universitario.

  • Un representante de los alumnos posgrado ante el Consejo de la Escuela de Administración de Negocios para Graduados.

RECEPCIÓN DE CANDIDATURAS:  Del 01 de abril al 15 de abril de 2026 

A continuación, los links en los que pueden descargar, según corresponda, los formatos de postulación y remitirlos al e-mail: comite_electoral_universitario@esan.edu.pe 

Link para candidatos a representante de alumnos posgrado ante el Consejo Universitario

Link para candidatos a representante de alumnos posgrado ante el Consejo de la Escuela de Administración de Negocios para Graduados

Padrón de elegibles alumnos posgrado

FECHAS DE VOTACIÓN

  • Período de votación (3 días): Primera Convocatoria: 27, 28 y 29 de abril de 2026
  • Publicación del cómputo de votos (2 días): 30 de abril y 04 de mayo de 2026
  • Segunda convocatoria Período de votación (3 días): 18, 19 y 20 de mayo de 2026
  • Publicación del cómputo de votos (2 días): 21 y 22 de mayo de 2026
  • Publicación de resultados finales (2 días): 04 y 05 de junio de 2026
  • Entrega virtual de credenciales (2 días): 08 y 09 de junio de 2026

Les brindamos el link de acceso al sistema de votación, que se activará en las fechas de votación en el horario de 8:00 a.m. a 04:00 p.m.: https://votoelectronico.esan.edu.pe/ 

*De no obtener la participación mínima establecida en el reglamento del CEU en la primera convocatoria, se votará en las fechas indicadas para la segunda convocatoria en el mismo horario. 

Lima, 31 de marzo de 2026 

Comité Electoral Universitario

REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE LOS ALUMNOS Y GRADUADOS

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO

CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD

De los Electores

Artículo 8°.- Son electores (…)

b) Los alumnos, son aquellos alumnos ordinarios matriculados y cursando estudios conducentes a la obtención de algún grado académico.

*Estatuto de la Universidad

Artículo 60.- Los alumnos ordinarios son aquellos matriculados y cursando estudios conducentes a la obtención de algún grado académico, título profesional o título de posgrado en segunda especialidad en la Universidad. Los demás alumnos son considerados extraordinarios.

Artículo 61.- La condición de alumno se adquiere por la matrícula en alguna de las unidades académicas de la Universidad y se mantiene por el cumplimiento del trabajo académico, pudiendo perderse por razones académicas o disciplinarias, según lo establecido en el respectivo Reglamento.

De las Candidaturas

Artículo 15°.- Representante de los alumnos ordinarios. Son elegibles como representantes los alumnos ordinarios de la Universidad ESAN que cumplan con la condición establecida en el artículo 8° inciso b) del presente reglamento, así como los siguientes requisitos:

1.   Residencia: Residir en el territorio nacional.

2.   Inscripción: Inscribir su candidatura a un único órgano de gobierno en el proceso electoral correspondiente.

3.   Vínculo laboral: No mantener vínculo laboral ni civil en otra institución educativa.

Requisitos específicos según nivel académico:

i)   En el caso de pregrado, haber cursado y aprobado al menos sesenta (60) créditos académicos, y no encontrarse cursando el penúltimo ni el último ciclo de su programa.

ii)   En el caso de posgrado, haber cursado un mínimo de seis (6) créditos académicos a la fecha de elaboración del padrón de elegibles.

Artículo 16°.- Representante de los graduados. Son elegibles como representantes de los graduados aquellos egresados de los programas de pregrado y posgrado de la Universidad ESAN que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Residencia: Residir en el territorio nacional.

2. Inscripción: Inscribir su candidatura a un único órgano de gobierno en el proceso electoral correspondiente.

3. Vínculo laboral: No mantener vínculo laboral ni civil en otra institución educativa.

Artículo 24°.- Validez de la votación.

Para la validez de las votaciones se requiere la participación de por lo menos: (…)

b) 51% de los alumnos.

c) 20% de los graduados.