Participa en la Convocatoria 2025-2 y elige a los representantes de alumnos y graduados ante los órganos de gobierno de la Universidad ESAN. ¡Tu voto será clave para el periodo 2025 – 2028!
De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto y reglamentos de la Universidad ESAN, se convoca a los alumnos de posgrado y, graduados de pregrado y posgrado a elegir a sus representantes ante los órganos de gobierno de la universidad, para el periodo del 11/11/2025 al 10/11/2028.
Alumnos Posgrado:
Un representante de los alumnos posgrado ante el Comité Electoral Universitario.
Graduados Posgrado:
Un representante de los graduados de posgrado ante la Asamblea General.
RECEPCIÓN DE CANDIDATURAS: Del 02 de setiembre al 16 de septiembre de 2025
A continuación, los links en los que pueden descargar, según corresponda, los formatos de postulación y remitirlos al e-mail: comite_electoral_universitario@esan.edu.pe
Link para candidatos a representante de alumnos posgrado ante el Comité Electoral Universitario
Link para candidatos a representante de graduados de posgrado ante la Asamblea General
Padrón de elegibles alumnos posgrado
Padrón de electores y elegibles graduados posgrado
FECHAS DE VOTACIÓN
Les brindamos el link de acceso al sistema de votación, que se activará en las fechas de votación en el horario de 8:00 a.m. a 04:00 p.m.: https://votoelectronico.esan.edu.pe/
*De no obtener la participación mínima establecida en el reglamento del CEU en la primera convocatoria, se votará en las fechas indicadas para la segunda convocatoria en el mismo horario.
Lima, 01 de setiembre de 2025
Comité Electoral Universitario
REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE LOS ALUMNOS Y GRADUADOS
REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO
CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD
De los Electores
Artículo 8°.- Son electores (…)
b) Los alumnos, son aquellos alumnos ordinarios matriculados y cursando estudios conducentes a la obtención de algún grado académico.
*Estatuto de la Universidad
Artículo 60.- Los alumnos ordinarios son aquellos matriculados y cursando estudios conducentes a la obtención de algún grado académico, título profesional o título de posgrado en segunda especialidad en la Universidad. Los demás alumnos son considerados extraordinarios.
Artículo 61.- La condición de alumno se adquiere por la matrícula en alguna de las unidades académicas de la Universidad y se mantiene por el cumplimiento del trabajo académico, pudiendo perderse por razones académicas o disciplinarias, según lo establecido en el respectivo Reglamento.
De las Candidaturas
Artículo 15°.- Representante de los alumnos ordinarios. Son elegibles como representantes los alumnos ordinarios de la Universidad ESAN que cumplan con la condición establecida en el artículo 8° inciso b) del presente reglamento, así como los siguientes requisitos:
1. Residencia: Residir en el territorio nacional.
2. Inscripción: Inscribir su candidatura a un único órgano de gobierno en el proceso electoral correspondiente.
3. Vínculo laboral: No mantener vínculo laboral ni civil en otra institución educativa.
Requisitos específicos según nivel académico:
i) En el caso de pregrado, haber cursado y aprobado al menos sesenta (60) créditos académicos, y no encontrarse cursando el penúltimo ni el último ciclo de su programa.
ii) En el caso de posgrado, haber cursado un mínimo de seis (6) créditos académicos a la fecha de elaboración del padrón de elegibles.
Artículo 16°.- Representante de los graduados. Son elegibles como representantes de los graduados aquellos egresados de los programas de pregrado y posgrado de la Universidad ESAN que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Residencia: Residir en el territorio nacional.
2. Inscripción: Inscribir su candidatura a un único órgano de gobierno en el proceso electoral correspondiente.
3. Vínculo laboral: No mantener vínculo laboral ni civil en otra institución educativa.
Artículo 24°.- Validez de la votación.
Para la validez de las votaciones se requiere la participación de por lo menos: (…)
b) 51% de los alumnos.
c) 20% de los graduados.