Multas laborales podrían ser confiscatorias

Multas laborales podrían ser confiscatorias

Aldo Ortega, superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), ha asegurado que el objetivo de este organismo no será perseguir a las empresas con sanciones. Sin embargo, para Ricardo Herrera, profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN, las normas tienen una clara orientación represiva.

Por: Conexión Esan el 04 Abril 2014

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herrera.jpgLa Sunafil inició sus funciones el 1 de abril pasado, y proyecta implementarse durante este año en seis intendencias regionales ubicadas en Lima, La Libertad, Ica, Moquegua, Loreto y Huánuco. Esta entidad, adscrita al Ministerio de Trabajo, promoverá, supervisará y fiscalizará el cumplimiento de la normativa socio laboral y las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

El superintendente del organismo en mención ha asegurado que el objetivo de la Sunafil no será perseguir a las empresas, sino acabar con la informalidad laboral. "El sistema ha sido básicamente sancionatorio, nosotros queremos reformar ese concepto, así como otros más; no se trata de una cacería de brujas. La misión de esta entidad es promover el cumplimiento de las normas socio laborales, de seguridad y de salud en el trabajo", sostuvo. 

Con la creación de esta superintendencia no solo será mayor el número de inspecciones, sino también el monto de las multas, que  van desde los S/. 114,000 por infracciones leves hasta los S/. 380,000, por las graves. Sin embargo, aquellos empresarios que subsanen una infracción apenas sean notificados podrán obtener un descuento de 90% en el monto de la multa.

Para Ricardo Herrera, profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN, existe un temor justificado entre los empleadores por la puesta en marcha de la Sunafil, debido a las últimas normas que se han dado y que han multiplicado por 10 los montos de las multas. 

sumillas_herrera.jpg"Además, hay una tónica represiva en la norma, no tanto orientadora como dice el superintendente. Por ejemplo, si recibo una notificación de un inspector sobre una infracción, el empleador podría discutir esa opinión, pero la nueva norma señala que si no lo hago, tengo un descuento de hasta 90% de la sanción, pero si la discuto pierdo la posibilidad del descuento. Eso revela una voluntad represiva por parte de la norma", dijo Herrera. 

Asimismo, calificó de negativo que se decida multar por número de trabajadores en la empresa, y no por el número de trabajadores involucrados en la infracción. "Si soy acusado de impedir que se forme un sindicato de 20 trabajadores, pero tengo 1,000 empleados en total, me van a multar con base en esos 1,000. Eso es poco técnico", agregó. 

Es más. Herrera consideró que también hay sanciones confiscatorias: "Una PYME podría ser multada hasta con S/. 500,000. ¿Qué PYME en el Perú tiene ese nivel de capital? Podrían cerrar la empresa y se lograría un efecto contrario al requerido, que es proteger a los trabajadores". 

¿Coincide usted en que no hay una acción orientadora por parte de la Sunafil?

Esta entrada contiene un comentario de:
Ricardo Herrera
Abogado, Pontificia Universidad Católica del Perú. Magister en Derecho Constitucional (Pontificia Universidad Católica del Perú). Actualmente Socio Principal del Estudio Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman y Olaya Abogados.
Profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN.

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